Vecinos se quejan por desmanes de jóvenes en la vía pública

En tal cuestión habló el encargado del Área de Comercio, Licenciado Walter Espíndola en FM Urbana para explicar que esta cuestión no compete “a mi función y estos tipos de quejas se tienen que hacer cargo otros organismos públicos como la Policía Departamental”. Además expresó que el local comercial (situado frente al Municipio) se encuentra habilitado y que cualquier actitud errónea por parte de los jóvenes ya pasa por una cuestión cultural y el grado de educación de cada persona.
Referente a la queja constante de los vecinos sobre un kiosco ubicado por la calle Sargento Cabral, frente a la Municipalidad de Saladas que, al parecer vende bebidas alcohólicas y atrae a personas ebrias que consumen a altas horas de la noche con actitudes vergonzantes y sin el respeto a las casas lindantes, además consumen en la vereda de la misma hasta en algunos casos la presencia de autos con elevado volumen en su música estos fueron las quejas de los vecinos.

Espíndola destacó que “a las salidas de los boliches y bailantas con frecuencia salen borrachos y luego el comportamiento en la vía pública deja mucho que desear”.

Respecto a los quioscos “existe un Derecho de Admisión donde el dueño decide si vende o no a una persona ebria bebidas alcohólicas” reiterando que una persona que se encuentra tirado en la calle con el torso desnudo y dormitando no es responsabilidad de el área de Comercio, como así también si existen peleas en la calle.

“La gente debería entender que eso no compete a mi área, tampoco deben poner a todos en una misma bolsa si quieren asesoramiento yo estoy en el municipio vamos a hablar” manifestó Espíndola.

Si existe disturbios, peleas, o picadas en moto aconsejó a los vecinos que “llamen a la policía, por consiguiente pidió ayuda a los agentes para esta cuestión y destacando la labor que vienen realizando en lo respecta a la seguridad de los bailes de recepción a las salidas que son propios de este mes de grandes fiestas afirmando que realizan el acompañamiento y que para cualquier otra cuestión de lo nombrado él no tiene autoridad para actuar y que no puede exceder de lo que le dice la ley”.